Regreso a Sefarad

El 31 de marzo de 1492, después de la reconquista de Granada y para establecer una sola religión, los Reyes Católicos editaron el Decreto de la Alhambra, mediante el cual obligaban a todos los judíos de la Península Ibérica (Sefarad en lengua Hebrea) a ser expulsados del Reino.

“nosotros ordenamos además en este edicto que los Judíos y Judías cualquiera edad que residan en nuestros dominios o territorios que partan con sus hijos e hijas, sirvientes y familiares pequeños o grandes de todas las edades al fin de Julio de este año y que no se atrevan a regresar a nuestras tierras”

El 1 de octubre de 2015, entró en vigor la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, por la que se les concederá, a los que la soliciten, la nacionalidad española, sin que por ello deban renunciar a la que tengan en la actualidad. Los sefardíes son, efectivamente, los judíos que vivieron en la Península Ibérica y que fueron expulsados por el Decreto de la Alhambra.

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Ellos no volverán a Sefarad, pero sus descendientes podrán recuperar la nacionalidad que les fue arrebatada.

Existen dos vías para que los sefardíes puedan recuperar su nacionalidad:

  1. Probando su residencia legal en España durante al menos dos años.
  2. A través del proceso denominado Carta de Naturaleza, facultad del Consejo de Ministros que se tramita cuando concurren circunstancias excepcionales contempladas en el artículo 21.1 del Código Civil. Corresponde al Consejo entonces determinar si en relación con cada solicitud se dan dichas circunstancias y en su caso, resolver la concesión de nacionalidad española.

Desde la entrada en vigor de esta Ley y por espacio de 3 años prorrogables a uno más, los sefardíes pueden solicitarla desde el pasado 1 de octubre, mediante el procedimiento electrónico facilitado por el Ministerio de Justicia. La condición de sefardí se acreditará mediante un certificado expedido por el presidente de la Comisión Permanente de la Federación de Comunidades Judías en España, o cargo análogo de la autoridad judía del país natal del solicitante.

Los sefardíes deberán acreditar que sus apellidos pertenecen a linaje de origen español, que su idioma es el ladino (castellano de los sefardíes) y aportar la partida de nacimiento o certificado matrimonial según las tradiciones de Castilla. Además, deberán superar pruebas de nivel realizadas por el Instituto Cervantes sobre conocimiento básico de la lengua (nivel A2), la Constitución y la realidad social y cultural españolas.

España pretende, de esta manera, reparar uno de los errores más lamentables de su historia.

Ignoro cuántos sefardíes solicitarán la nacionalidad española, ni tampoco sé cuántos son en realidad, porque no existe censo alguno. Sin embargo, distintos miembros de la comunidad judía internacional consultados estiman que el número de sefardíes repartidos por el mundo podría alcanzar los dos millones de habitantes.

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